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paratorpes.es

Recurso contra multas por la ORA

 

Sr.      

 

ILMO. SR.:

,       con D:N:I: nº       con el debido respeto

E X P O N E:

1.- Que he recibido notificación de denuncia cuyo número de referencia es       .

2.- Que no estando conforme con dicha denuncia, formulo el presente ESCRITO DE DESCARGOS (RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN) el cual fundamento en las siguientes:

ALEGACIONES:

Que he recibido notificación de denuncia contra mi vehículo por estacionar, sin el distintivo que lo autoriza en lugar habilitado para el estacionamiento con limitación horaria, siendo estos hechos falsos, ya que se encontraba encima del salpicadero de mi vehículo el correspondiente boletín de estacionamiento regulado.

En el mismo texto de notificación de denuncia se informa que el denunciante es miembro del servicio de estacionamiento regulado, careciendo conforme lo previsto en el Real Decreto Sancionador 320 11994 del 25/2 en su articulo l4 ...." del carácter de Agente de la Autoridad. . . .. 11, tratándose de una denuncia de carácter voluntario.

Que según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1998: "la simple ratificación de la denuncia por parte del controlador no puede considerarse como elemento de prueba determinante de la comisión de la infracción que se le pretende imputar"

Que posteriores sentencias del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia de Valencia y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han dictando sentencias confirmando la falta de "presunción de veracidad" de los citados controladores.

Por todo lo cual

SOLICITA :

  1. Se produzca la apertura del periodo de prueba, contemplado en el articulo 13 de citado Real Decreto, aportándose las pertinentes pruebas por parte del denunciante, que rompa la presunción de inocencia recogida en la Constitución y en la Ley 30/92, solicitando que se me informe en que horas y fechas se ha efectuado la denuncia según recoge la Ley 30 /92, ya que por mi parte, puedo aportar pruebas testificadas que en el momento y hora indicada mi vehículo se encontraba en otro lugar, pruebas que podría aportar al Instructor del expediente, si se produjera la apertura del periodo de prueba solicitada por el que suscribe.
  2. Homologación del parquímetro o del reloj de pulsera del controlador por el Centro Español de Metrología.
  3. No se ha hecho constar en la denuncia la identidad del denunciante, así como su domicilio, tal y como establece el artículo 5 de REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, aprobado por Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, siendo únicamente sustituibles por el número de identificación en el caso de los Agentes de la Autoridad.
  4. También solicito copia de la denuncia original.

En       , a       .

 

 

Fdo.        

Sr.      

 

RECURSO POR MULTA RELACIONADA CON EL CASCO

SR.      

EXPEDIENTE:      

FECHA DE LA DENUNCIA:       LUGAR:       MATRÍCULA:      

Don       , mayor de edad, con domicilio en       , con D.N.I. núm.       , comparece y respetuosamente.

EXPONE

Que en virtud del presente escrito, y dentro del plazo legal concedido al efecto, interpone ESCRITO DE ALEGACIONES , contra la denuncia de anotación al margen, por no encontrarla ajustada a derecho, de conformidad con las siguientes ALEGACIONES :

 

I.- Que se me ha denunció, por “no utilizar la persona el casco reglamentario” en la que se impone una multa, como consecuencia de una infracción del articulo 118 del Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación:

 

El presunto infractor circulaba por la carretera designada en el boletín de denuncia, el día de la denuncia, cuando unos Agentes le comunicaron mediante señas, que redujese la velocidad de su vehículo y se detuviese, en el momento en que esta parte realizó dicha maniobra uno de los Agentes se acercó, y le comento que le habían visto sin el casco reglamentario, cosa la cual no era cierto, por cuanto que se lo extrajo en el momento en que el vehículo estaba parado.

II.- Se vulnera el PRINCIPIO DE TIPICIDAD . El articulo 25.1 CE, establece la obligatoriedad de la tipificación legal al nominar que nadie puede ser sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción administrativa según la legislación vigente en aquel momento, y en el mismo sentido el articulo 129 de la LRJPAC 30/1992, de 26 de Noviembre.

     

III.- Que para la correcta y completa determinación de los hechos imputados y sus circunstancias relevantes es preciso que se tenga a bien admitir y practicar el siguiente MEDIO DE PRUEBA , dándose copia del expediente y de las pruebas realizadas a esta parte en cumplimiento de lo establecido en el art. 35 de la LRJPAC. CONFESIÓN-DOCUMENTAL “Que se emita informe por parte del agente denunciador, en el que se establezca si vio al denunciado sin el casco en el momento en que le paró.”.

 En virtud de lo expuesto,

SOLICITA, se sirva admitir el presente escrito, tener por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, previas las manifestaciones oportunas y demás tramites de rigor, además de que se cumplimenten las PRUEBAS SOLICITADAS, por considerarlas FUNDAMENTALES, se de traslado de las mismas a esta parte, y a su tenor acuerde dejar sin efecto la denuncia y la sanción anunciada.

En       a       .

Fdo.      

Sr.